El domingo 4 de octubre, en plena jornada electoral, la tranquilidad de la urbanización San Adrián, en la salida a Lampa, provincia de San Román (Juliaca), se vio interrumpida por un indignante suceso. Vecinos de la zona detuvieron en flagrancia a tres efectivos de la Policía Nacional del Perú (PNP) y a un civil, acusándolos de irrumpir en una vivienda para sustraer dinero en efectivo. De acuerdo a versiones, otros habrían escapado.
Ante la gravedad de los hechos, el Poder Judicial de Juliaca dictó nueve meses de prisión preventiva contra los agentes implicados: el teniente PNP Jhon Bernal S. (jefe del Grupo Terna de Juliaca), los suboficiales Ghean Carlos Bobadilla y Teylor Calisaya A., este último asignado al resguardo de un local de votación durante los comicios. La medida también alcanzó a Víctor Liñan, Israel Diaz, Arnold Quispe y Luis Chucos.
Este caso no es un hecho aislado en Juliaca, donde la recurrencia de supuestas “intervenciones” que encubren ilícitos ha encendido en repetidas ocasiones la indignación popular. Sin embargo, el episodio deja al descubierto una preocupante interrogante: ¿por qué resulta tan fácil para algunos malos elementos disfrazar un delito como un operativo policial?
El origen del problema: La falta de procedimientos operativos policiales actualizados
Las investigaciones preliminares señalan que la supuesta acción policial se habría originado a partir del “dato” brindado por un informante (quien sería familiar directo del suboficial Calisaya). Sin embargo, en la praxis policial actual existe un vacío operativo critico cuando se recibe información sobre un presunto hecho ilícito.
En un procedimiento regular y transparente, la recepción de la versión de un colaborador debe estar sujeta a un riguroso filtro:
Verificación de la fuente: Identificación formal, toma de declaración e interconexión de datos con RENIEC y el sistema de denuncias policiales.
Planeamiento institucional: Elaboración de la orden de operaciones, registro formal del personal asignado, asignación de armamento, vehículos y papeletas de comisión.
Control y coordinación: Notificación inmediata al Ministerio Público (Fiscalía) y autorización expresa del superior jerárquico (Jefe de la División Policial).
En el caso de San Adrián, ninguno de estos pasos se cumplió. Un grupo de agentes al parecer, actuó sin conocimiento ni autorización de sus mandos superiores, evidenciando una preocupante falta de supervisión.
Soluciones internas: lo que se puede corregir sin emitir nuevas leyes
Frente a esta problemática, la solución no requiere reformas legislativas complejas ni nuevos marcos legales en el Congreso. La Policía Nacional debe implementar herramientas administrativas de forma inmediata:
Supervisión operativa diaria: Los mandos inmediatos deben ejercer un control estricto sobre las actividades programadas y ejecutadas por sus subordinados, garantizando el cumplimiento del Código Procesal Penal y la normatividad interna.
Contrainteligencia efectiva: Identificar a tiempo los factores de riesgo en el personal, tales como desbalances patrimoniales, vehículos de alto valor no acordes con sus ingresos, procesos judiciales por alimentos o antecedentes disciplinarios.
Evaluación del desempeño por indicadores: Implementar de manera urgente el Reglamento de Evaluación del Desempeño del Personal Policial con registros digitales diarios. Esto erradicaría las evaluaciones anuales subjetivas (dependientes del criterio personal del evaluador) y promovería el cumplimiento de metas transparentes y medibles.
La crisis institucional no siempre demanda nuevas normas; demanda rigor administrativo, disciplina en la línea de mando y voluntad para aplicar los mecanismos de control que ya existen dentro de la propia institución.









